DNSH son las siglas de "Do No Significant Harm" (principio de "No causar perjuicio significativo"). Es el principio rector del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) europeo y de la Taxonomía verde europea: ninguna inversión financiada por fondos NGEU puede causar un perjuicio significativo a ninguno de los seis objetivos medioambientales de la UE. Está regulado por el Reglamento (UE) 2021/241 (MRR) y desarrollado por la Guía Técnica de la Comisión Europea sobre la aplicación del DNSH (febrero de 2021, con actualizaciones posteriores).
Los seis objetivos medioambientales DNSH (los mismos de la Taxonomía):
- Mitigación del cambio climático.
- Adaptación al cambio climático.
- Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
- Transición a la economía circular.
- Prevención y control de la contaminación.
- Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Una inversión cumple DNSH si no causa daño significativo a ninguno de los seis. La definición de "significativo" se concreta en la Guía Técnica con criterios operativos.
Cómo se aplica el DNSH:
- Declaración responsable del solicitante de la subvención: afirma que la inversión cumple el principio DNSH.
- Memoria técnica de justificación: identifica los impactos potenciales en cada uno de los seis objetivos y razona por qué no son significativos o, si lo son, qué medidas correctoras se aplican.
- Verificación por el organismo gestor: la administración revisa la memoria DNSH antes de conceder la subvención.
- Auditoría posterior: en proyectos significativos, se puede revisar a posteriori el cumplimiento del DNSH.
Caso por caso:
Las exigencias DNSH son específicas para cada actividad:
- Inversiones en eficiencia energética en edificios: deben acreditar que no aumentan emisiones, no agotan recursos hídricos, no generan residuos sin gestión, etc.
- Inversiones en transporte: si el medio es por carretera, debe demostrar bajas emisiones (vehículo eléctrico, hidrógeno) o estar limitada en el tiempo (vehículo de combustión solo como transición justificada).
- Inversiones agrarias: deben respetar el uso sostenible de fitosanitarios, la biodiversidad, los recursos hídricos.
- Inversiones industriales: deben acreditar la mejor tecnología disponible (BAT), no superar umbrales de emisiones, gestionar residuos según jerarquía circular.
Actividades excluidas de plano (no pueden recibir financiación MRR):
- Combustibles fósiles: extracción, transporte, refino, distribución, almacenamiento (con limitadas excepciones para gas natural durante la transición).
- Comercio de derechos de emisiones (ETS) con instalaciones cuyas emisiones superen los benchmarks.
- Vertederos de residuos sin valorización adecuada.
- Incineración de residuos sin recuperación energética eficiente.
- Tratamiento mecánico-biológico de residuos que no respete la jerarquía.
- Actividades que afectan significativamente a hábitats Natura 2000 sin las salvaguardias previstas.
Diferencia entre DNSH y Taxonomía verde:
- Taxonomía: clasificación positiva. Una actividad está alineada si contribuye a un objetivo, no daña a los otros y cumple salvaguardias.
- DNSH: filtro negativo. Una actividad cumple DNSH si no causa daño significativo a ningún objetivo, aunque no contribuya activamente a ninguno.
Las inversiones MRR pueden no contribuir activamente a la sostenibilidad (no estar alineadas con la taxonomía) pero deben al menos cumplir DNSH. Una parte significativa del MRR son inversiones "DNSH-compliant pero no alineadas con taxonomía".
Documentación habitual exigida:
- Estudios de impacto ambiental o equivalentes según escala del proyecto.
- Certificados de eficiencia energética y de emisiones.
- Análisis del ciclo de vida (LCA) en proyectos industriales relevantes.
- Justificación del cumplimiento de la jerarquía de residuos.
- Declaración de no afectación a Natura 2000 si procede.
Errores frecuentes:
- Asumir que cualquier inversión "ecológica" cumple DNSH automáticamente: los criterios son específicos y exigentes.
- Memoria DNSH genérica copiada de plantillas sin adaptación al proyecto concreto: causa habitual de requerimientos de subsanación.
- No verificar la lista de exclusiones: proyectos vinculados a combustibles fósiles, vertederos no reciclables, etc., son inadmisibles incluso si el conjunto del proyecto tiene aspectos positivos.
- Confundir DNSH con evaluación ambiental ordinaria: el DNSH no sustituye los procedimientos ambientales aplicables (declaración de impacto, autorización ambiental integrada, etc.).
El DNSH es el filtro ambiental sistemático del despliegue NGEU en Europa. Su correcta aplicación es condición previa para cualquier subvención cofinanciada con fondos europeos del marco actual y exige a los solicitantes acreditar de forma documentada y técnica la sostenibilidad de sus proyectos.