PYME es la sigla de pequeña y mediana empresa. La definición común en la Unión Europea figura en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión. Una empresa es pyme si tiene menos de 250 personas empleadas y, además, una facturación anual no superior a 50 millones de euros o un balance general anual no superior a 43 millones.
Dentro de la categoría pyme se distinguen tres tramos según los umbrales europeos. La microempresa tiene menos de 10 empleados y una facturación o un balance anual no superior a 2 millones de euros. La pequeña empresa tiene menos de 50 empleados y una facturación o un balance anual no superior a 10 millones. La mediana empresa tiene menos de 250 empleados y una facturación anual no superior a 50 millones o un balance no superior a 43 millones. El umbral de plantilla es de cumplimiento obligatorio; el de facturación y balance funciona con la alternativa indicada.
El cálculo no se hace solo con los datos de la empresa solicitante. La Recomendación 2003/361/CE obliga a considerar las empresas autónomas, asociadas y vinculadas: si hay participaciones cruzadas con otras sociedades, se suman empleados y datos financieros en la proporción que corresponda. Una empresa pequeña sobre el papel puede perder la condición de pyme si pertenece a un grupo mayor. Por eso muchas convocatorias piden una declaración de la categoría con el detalle de las vinculaciones.
La condición de pyme es uno de los requisitos más frecuentes en las ayudas dirigidas al tejido productivo, porque concentra el grueso del empleo en España y porque el marco europeo de ayudas de Estado permite intensidades de ayuda mayores a las pymes. Programas como el Kit Digital o numerosas líneas autonómicas y del CDTI exigen acreditar el tamaño antes de conceder.
Una empresa con menos de 250 empleados y una facturación anual no superior a 50 millones de euros o un balance no superior a 43 millones, según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea. Si supera esos umbrales, deja de ser pyme.
La microempresa tiene menos de 10 empleados y hasta 2 millones de facturación o balance; la pequeña, menos de 50 empleados y hasta 10 millones; la mediana, menos de 250 empleados y hasta 50 millones de facturación (o 43 de balance).
Sí. Un autónomo con asalariados puede entrar en la categoría de microempresa o pyme según su plantilla y su volumen de negocio. Sin empleados sigue siendo persona física, aunque algunas convocatorias lo asimilan a microempresa.
Porque el marco europeo de ayudas de Estado permite intensidades de ayuda mayores cuanto menor es la empresa, y muchas convocatorias reservan líneas concretas a pymes. Acreditar mal el tamaño puede invalidar la solicitud.