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Glosario

Título de familia numerosa

Definición

El título de familia numerosa es el documento oficial expedido por la comunidad autónoma que acredita la condición de familia numerosa y da acceso a los beneficios fiscales, descuentos públicos, prioridad en convocatorias y bonificaciones reguladas por la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas y por la normativa autonómica de desarrollo.

Se reconoce la condición de familia numerosa cuando concurren al menos tres hijos a cargo (dos si uno tiene discapacidad reconocida o si la familia es monoparental, según la regulación más reciente). Hay dos categorías:

  • General: tres a cuatro hijos.
  • Especial: cinco o más hijos, o casos asimilados (familia numerosa con discapacidad de uno o más miembros con grado significativo, ingresos familiares por debajo de determinados umbrales con tres hijos).

La condición se mantiene hasta que el menor de los hijos cumple 21 años (o 25 si está estudiando y convive con los padres). Si hay un hijo con discapacidad, el límite se prolonga indefinidamente mientras se mantenga la situación. La familia debe renovar el título al cambiar de categoría o al actualizar circunstancias relevantes.

Beneficios principales asociados al título:

  • Reducciones del 20 % (general) y 50 % (especial) en transporte público de larga distancia y bonificaciones autonómicas en transporte urbano.
  • Bonificaciones fiscales en el IRPF, en el IBI municipal y en algunos servicios públicos.
  • Acceso prioritario en admisión escolar, becas, ayudas a estudios y ayudas a la vivienda pública.
  • Bonificaciones a la Seguridad Social cuando se contrata a un cuidador no profesional.
  • Reducciones del 50 % en tasas universitarias para familias numerosas especiales (en general) y del 100 % en algunas CCAA.

El título de familia monoparental es la figura equivalente para familias con un único progenitor a cargo. Se ha equiparado parcialmente a la familia numerosa en muchas CCAA, con condiciones específicas por comunidad.

Ver también