Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Definición
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social, creada en 2020, dirigida a garantizar un nivel mínimo de renta a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. Lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y, en algunas comunidades, organismos autonómicos con convenio (País Vasco y Navarra tienen sistemas propios).
No es una subvención en sentido estricto, sino una prestación periódica. Se reconoce a partir de la solicitud, se cobra mensualmente y se mantiene mientras el hogar siga cumpliendo los requisitos de renta, patrimonio y unidad de convivencia. Incluye un complemento de ayuda a la infancia para hogares con menores a cargo.
El importe varía según la composición del hogar (número de adultos y menores, monoparentalidad, presencia de personas con discapacidad). Se calcula como diferencia entre la renta garantizada para esa unidad de convivencia y los ingresos efectivamente percibidos.
El IMV es compatible con la mayoría de prestaciones y ayudas, pero el cobro debe declararse al solicitar ayudas baremadas por renta familiar: comedor escolar, libros de texto, alquiler, becas. Algunas comunidades autónomas mantienen su propia renta mínima complementaria que se suma o se descuenta del IMV según los casos.
A nivel de Seguridad Social, tributar el IMV en IRPF es la regla, aunque con tramos exentos cuando los ingresos totales del hogar quedan por debajo del mínimo personal y familiar conjunto.