Qué ayudas estatales y autonómicas existen para los españoles que vuelven del extranjero: subsidio de emigrante retornado, ayudas extraordinarias y programas autonómicos de retorno.
Los españoles que regresan tras haber emigrado tienen un conjunto de ayudas pensadas para facilitar su vuelta y su reincorporación laboral. Combinan una protección por desempleo específica, ayudas extraordinarias para situaciones de necesidad y programas autonómicos de retorno, especialmente activos en las comunidades con más emigración histórica.
1. Subsidio por desempleo para emigrantes retornados. Quien vuelve de un país no perteneciente al Espacio Económico Unión Europea (o de uno sin convenio que cubra el desempleo) y no tiene derecho a la prestación contributiva puede acceder a un subsidio gestionado por el SEPE, equivalente al 80 % del IPREM (480 euros con el IPREM vigente), si cumple los requisitos de cotización en el extranjero y de inscripción como demandante.
2. Ayudas extraordinarias a retornados. El Real Decreto 8/2008 regula ayudas para españoles retornados en situación de necesidad (mayores, personas con discapacidad o en situaciones especiales), de carácter periódico o puntual.
3. Programas autonómicos de retorno. Varias comunidades con fuerte emigración (por ejemplo, Galicia) tienen ayudas propias al retorno, que pueden incluir cuantías de varios miles de euros para el regreso, la instalación o el emprendimiento de quien vuelve.
El subsidio se solicita en el SEPE al regresar, acreditando la condición de retornado y el periodo trabajado en el extranjero. Las ayudas autonómicas se piden en la consejería competente de la comunidad de destino, que fija sus propios requisitos de residencia previa en el exterior y de plazo desde el retorno.
Un subsidio por desempleo para emigrantes retornados gestionado por el SEPE (80 % del IPREM), ayudas extraordinarias para situaciones de necesidad y, según la comunidad, programas autonómicos de retorno con cuantías propias.
El 80 % del IPREM mensual, es decir, 480 euros al mes con el IPREM vigente, durante el periodo que fije el SEPE, siempre que se cumplan los requisitos de cotización en el extranjero y de inscripción como demandante.
Sí. Comunidades con fuerte emigración histórica, como Galicia, mantienen ayudas autonómicas para el retorno, la instalación o el emprendimiento. Hay que consultar la convocatoria vigente en la comunidad de destino.