La convocatoria Convenio de Colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Segovia y la Asociación e Vecinos de Justo y Pastor El Salvador (AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, Castilla y León, 2026) ya está resuelta; cuenta con un presupuesto de 10 mil €; se dirige a asociación, ong, fundación.
La convocatoria BDNS 907216, «Convenio de Colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Segovia y la Asociación e Vecinos de Justo y Pastor El Salvador», está promovida por AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA. Su ámbito territorial identificado es Castilla y León. La convocatoria ya está resuelta. Cuenta con un presupuesto total de 10 mil €. Entre sus beneficiarios potenciales figura asociación, ong y fundación. Según la última resolución registrada, se concedieron 17 mil € a 2 beneficiarios, con un importe medio de 8 mil € por beneficiario. Los datos proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Antes de presentar la solicitud, confirma siempre los términos vigentes en la convocatoria oficial.
Plazo cerrado
Finalidad según BDNS: Otras Prestaciones económicas
Convenio de Colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Segovia y la Asociación e Vecinos de Justo y Pastor El Salvador
Última resolución registrada: 03/04/2025.
La convocatoria BDNS 907216, «Convenio de Colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Segovia y la Asociación e Vecinos de Justo y Pastor El Salvador», está promovida por AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA. A continuación se detallan, con datos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, quién puede solicitarla, sus importes y plazos, y el enlace a la convocatoria oficial.
Según la BDNS, entre sus beneficiarios potenciales figura asociación, ong y fundación. Verifica los requisitos exactos en las bases reguladoras.
El presupuesto total anunciado para esta convocatoria es de 10 mil €.
Según la última resolución registrada, se concedieron 17 mil € a 2 beneficiarios, con un importe medio de 8 mil €.
La ficha oficial está en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS 907216, y las bases reguladoras están enlazadas en esta página. La convocatoria oficial prevalece sobre cualquier resumen.
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