Catálogo de convocatorias en las que ong aparece como beneficiario potencial según la propia BDNS.
Las ONG (organizaciones no gubernamentales) son entidades sin ánimo de lucro con un componente que las distingue del resto del tercer sector: trabajan en intervención social, sanitaria, educativa, cultural o de cooperación al desarrollo, habitualmente con vocación de servicio público y, en muchos casos, con proyección internacional. En el catálogo español de subvenciones, las ONG comparten muchas líneas con las asociaciones y con las fundaciones, pero tienen acceso prioritario a programas específicos vinculados a su ámbito de actuación.
El primer bloque, especialmente relevante por presupuesto, son las convocatorias del IRPF para fines sociales. La asignación voluntaria del 0,7 % de la cuota del IRPF para «otros fines de interés social» financia anualmente programas de inserción, atención a colectivos vulnerables, salud pública y promoción del voluntariado. Lo gestiona el Ministerio de Derechos Sociales en cooperación con las CCAA. Es la convocatoria estatal más voluminosa para ONG de acción social.
El segundo bloque cubre las subvenciones a entidades de acción social del Ministerio y de las consejerías autonómicas competentes en servicios sociales. Financian programas específicos (intervención con personas sin hogar, mujeres víctimas de violencia, menores en riesgo, personas mayores en soledad no deseada, personas con adicciones en proceso de rehabilitación, personas migrantes en proceso de integración).
El tercer bloque es el de la cooperación al desarrollo. La AECID gestiona las convocatorias estatales a ONGD (Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo): proyectos de cooperación, acción humanitaria, sensibilización y educación para el desarrollo, fortalecimiento institucional de socios en países del Sur. Muchas CCAA y grandes ayuntamientos mantienen líneas propias de cooperación.
El cuarto bloque cubre la intervención sanitaria y socioeducativa: ayudas del Instituto de Salud Carlos III a ONG de pacientes, programas de prevención sanitaria, ayudas autonómicas a entidades del tercer sector sanitario, programas de prevención de adicciones, educación social en barrios vulnerables.
El quinto bloque son los programas europeos accesibles para ONG: Erasmus+ (juventud y educación de adultos), Europa para los Ciudadanos, Programa de Derechos y Valores, Europa Creativa (cuando hay componente cultural), LIFE (cuando hay componente ambiental). Suelen requerir consorcios internacionales y aportan financiación significativa.
El sexto bloque cubre las bonificaciones fiscales propias de las entidades sin ánimo de lucro reconocidas como de utilidad pública o acogidas a la Ley 49/2002, además de las facilidades específicas para captar mecenazgo privado con deducción.
La convocatoria del IRPF para fines sociales mantiene su calendario anual habitual (publicación en el primer semestre, resolución y ejecución durante el año en curso). Es la línea con mayor número de ONG beneficiarias.
Las convocatorias autonómicas a entidades de acción social siguen su ritmo regular. Comunidades con sistemas consolidados de concertación con el tercer sector (Cataluña, País Vasco, Madrid, Andalucía, Galicia) tienen calendarios estables y plurianualidad creciente.
Las convocatorias AECID se publican anualmente con alta competencia. Para ONGD pequeñas, los programas de cooperación al desarrollo de CCAA y ayuntamientos son a menudo más accesibles que las convocatorias estatales.
En programas europeos, Erasmus+ juventud y Europa Creativa continúan con sus calendarios anuales. Los proyectos requieren consorcio internacional y diseño técnico maduro, pero las cuantías compensan el esfuerzo.
La calculadora admite combinar destinatario «asociación» (que incluye ONG en sentido amplio) con tu CCAA y con la finalidad. En el buscador, las palabras útiles son «ONG», «tercer sector», «acción social», «cooperación», «voluntariado», «inserción social», «pacientes», «desarrollo», «sensibilización».
Las federaciones y plataformas del tercer sector (Plataforma del Tercer Sector estatal, federaciones autonómicas, Coordinadora de ONGD) suelen anticipar las convocatorias antes que aparezcan en BDNS y son fuente útil de información sectorial.
Para programas europeos, los puntos de contacto nacionales (SEPIE para Erasmus+, Oficina LIFE en España para LIFE, Europa Creativa España) ofrecen apoyo técnico a candidaturas y son una entrada eficiente al sistema.
El primero es no tener la condición de utilidad pública o el régimen fiscal de la Ley 49/2002 cuando la convocatoria lo valora. La declaración de utilidad pública aporta puntuación en muchos baremos y es requisito en algunas líneas. Tramitarla lleva tiempo y conviene anticiparse.
El segundo es memorias genéricas reciclando proyectos anteriores. Las ONG con experiencia tienden a reutilizar memorias; los evaluadores lo detectan y bajan la puntuación. Cada proyecto debe responder a los criterios concretos de la convocatoria.
El tercero es no acreditar bien la financiación pluri-fuente. Las ONG suelen combinar fondos públicos de varios niveles (estatal, autonómico, local, europeo) con financiación privada (cuotas, donaciones, mecenazgo). La justificación cruzada exige contabilidad separada por proyecto y reglas estrictas de no doble financiación.
El cuarto es no documentar el voluntariado cuando la convocatoria lo valora. Las horas de voluntariado computan en muchos baremos, pero solo si se registran formalmente con identificación del voluntario, descripción de la tarea y horas dedicadas.
El quinto es olvidar la justificación cualitativa. En proyectos de intervención social, los indicadores cualitativos (mejora del beneficiario, cambio en su situación, satisfacción del usuario) son tan importantes como los cuantitativos. La memoria final debe documentar ambos.
El sexto es subestimar las obligaciones de transparencia. Las ONG con financiación pública relevante tienen obligaciones de publicidad en su web (presupuestos, retribuciones, fuentes de ingresos, subvenciones recibidas). Incumplir esas obligaciones puede bloquear nuevas concesiones.
Toda ONG es jurídicamente una asociación, fundación u otra forma de entidad sin ánimo de lucro. «ONG» es una denominación más por uso social que por requisito jurídico: se aplica habitualmente a entidades con vocación de servicio social, sanitario o de cooperación. Para acceder a subvenciones, lo determinante es la forma jurídica concreta y el objeto social.
Sí. Muchas ONG combinan voluntariado con personal asalariado. La condición de no lucrativa no impide contratar; impide repartir beneficios entre los socios o miembros.
Las acogidas a la Ley 49/2002 (de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo) tienen un régimen especial muy favorable: exención de actividades fundacionales y de algunas actividades económicas, tipo reducido en lo no exento. Las no acogidas tributan al tipo general de Sociedades en la parte no exenta.
Sí, habitualmente como socio dentro de un consorcio liderado por una entidad mayor. La participación directa como solicitante principal en convocatorias europeas requiere capacidad técnica y financiera elevada. Para empezar, integrarse en un consorcio con experiencia es la vía recomendable.
No reducen el acceso a subvenciones, pero deben declararse en la cuenta justificativa para acreditar la no doble financiación y, fiscalmente, computar correctamente como ingresos exentos o no exentos según la naturaleza del donante y del concepto.
Las acogidas a la Ley 49/2002 sí: deben rendir cuentas anualmente al protectorado o registro correspondiente y publicar memoria económica. Las que reciben fondos públicos por encima de determinados umbrales tienen además obligaciones de transparencia adicionales conforme a la Ley 19/2013.
En el catálogo BDNS aparecen líneas que conectan con el trabajo de las entidades del tercer sector, aunque no siempre lleven la etiqueta de ONG. Sirve de muestra la convocatoria con código BDNS 896067 (2026), de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, una segunda convocatoria para seleccionar proyectos de formación para el empleo impulsados por entidades locales con cargo al programa EFESO del Fondo Social Europeo Plus. Es una de las convocatorias del catálogo clasificadas para este perfil, dotada con 169.694.633 €, y figura como convocatoria ya cerrada. Puedes consultar la ficha completa en esta convocatoria (dato del catálogo BDNS consultado en mayo de 2026).
Fuente: BDNS · derivado · consulta 2026-05-26