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Glosario

Agricultor activo

Definición

«Agricultor activo» es la condición administrativa que debe acreditar quien quiera acceder a los pagos directos de la PAC en el marco financiero 2023-2027. La figura se introdujo en el nuevo Plan Estratégico Nacional para evitar que personas o entidades sin actividad agraria real cobraran ayudas pensadas para profesionales del sector.

En España se considera agricultor activo a quien:

  • Está dado de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria (Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por actividad agraria, o Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios), o
  • Cumple criterios de superficie mínima y nivel mínimo de ingresos agrarios sobre los ingresos totales, según umbrales fijados por el Plan Estratégico, o
  • Acredita la actividad agraria mediante otros instrumentos previstos (por ejemplo, declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas en epígrafes agrarios cuando proceda).

Las personas jurídicas acreditan la condición a través de su objeto social agrario y la actividad real de la entidad. Las explotaciones de titularidad compartida y las comunidades de bienes con actividad agraria también pueden ser agricultores activos.

Sin acreditación de la condición, no se accede a los pagos directos. Es la primera comprobación que hace el organismo pagador autonómico al revisar la solicitud única anual.

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