BOE es el Boletín Oficial del Estado, el diario oficial donde se publican las leyes, las disposiciones generales y los actos administrativos de eficacia general dictados por la Administración del Estado. La publicación en el BOE es lo que confiere validez y conocimiento público a una norma o a un acto, y suele marcar el inicio de su eficacia y de los plazos asociados.
En materia de subvenciones, el BOE cumple dos funciones. Por un lado, publica las bases reguladoras de los programas estatales, que fijan los requisitos, los beneficiarios y las condiciones de cada ayuda. Por otro, recoge el extracto de cada convocatoria: un resumen oficial que remite a la información completa registrada en la BDNS. Ese extracto en el BOE es, en muchos casos, lo que hace que el plazo de solicitud empiece a correr, conforme al sistema de publicidad de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
El circuito habitual es el siguiente: el órgano convocante registra la convocatoria en la BDNS, esta remite el extracto al diario oficial correspondiente y la publicación del extracto activa el cómputo del plazo. Por eso la fecha del BOE, o del boletín autonómico, es la referencia jurídica para saber cuándo se abre y cuándo se cierra la presentación de solicitudes, no la fecha de una nota de prensa ni la del anuncio en la web del organismo.
Los boletines autonómicos cumplen una función equivalente en su ámbito: el DOG en Galicia, el DOGC en Cataluña, el BOJA en Andalucía, el DOGV en Valencia, el BOA en Aragón y los demás. Para las ayudas locales sirven los boletines provinciales. Cuando la publicación en boletín y la inclusión en la BDNS no coinciden en el tiempo, la fecha de publicación oficial en el boletín es la que cuenta a efectos del plazo.
Es el diario oficial del Estado donde se publican leyes, disposiciones generales y actos administrativos de eficacia general. La publicación da validez y publicidad a la norma y suele marcar el inicio de su eficacia y de los plazos.
Publica las bases reguladoras de los programas estatales y el extracto de cada convocatoria. La publicación del extracto suele ser lo que activa el plazo para solicitar, dentro del sistema de publicidad de la Ley 38/2003.
La de la publicación oficial en el boletín correspondiente. El extracto que aparece en el BOE o en el boletín autonómico es el que activa el cómputo del plazo, aunque la información completa esté en la BDNS.
Se publican en los boletines de cada comunidad (DOG, DOGC, BOJA, DOGV, etc.) y en los boletines provinciales para lo local. Cumplen la misma función que el BOE en su ámbito territorial.