Deducción por maternidad (IRPF)
Definición
La deducción por maternidad es una deducción del IRPF dirigida a las mujeres con hijos menores de tres años que realizan una actividad por cuenta propia o ajena por la que están dadas de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente. Está prevista en la Ley 35/2006, del IRPF, y la gestiona la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
La deducción minora la cuota diferencial del impuesto por cada hijo que cumpla los requisitos, y puede solicitarse su abono anticipado de forma mensual en lugar de aplicarla al presentar la declaración anual. En caso de fallecimiento de la madre o de guarda y custodia exclusiva del padre u otro tutor, el derecho puede corresponder a quien ejerce esa custodia.
A la deducción se añade, en los términos legalmente previstos, un incremento por gastos de custodia del menor en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Este complemento tiene sus propios límites y condiciones, y se calcula sobre los gastos efectivamente satisfechos, no sobre una cantidad fija.
Conviene distinguir esta deducción de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, que abona el INSS durante el permiso, y de las ayudas autonómicas o municipales por hijo, que tienen su propia regulación. La deducción por maternidad es una ventaja fiscal estatal compatible con esas otras figuras y se integra entre las medidas de conciliación y apoyo a la infancia. Para conocer los importes y límites aplicables en cada ejercicio conviene consultar la normativa del IRPF y la información oficial de la AEAT vigente, sin trasladar cifras de años anteriores.