Retención de IRPF
Definición
La retención de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es la cantidad que el pagador descuenta de un pago realizado a una persona física y la ingresa directamente en Hacienda en concepto de pago a cuenta del IRPF que el receptor tendrá que liquidar. En el contexto de subvenciones, la retención de IRPF aparece principalmente en dos situaciones que conviene distinguir.
Pago de subvención a una persona física: cuando la administración paga una subvención que constituye rendimiento del trabajo (becas, ayudas a artistas, ayudas a ciertos colectivos profesionales) o rendimiento de actividad económica, debe practicar retención en los términos previstos por la normativa fiscal. El beneficiario recibe el importe neto y la administración ingresa la retención en Hacienda. Las ayudas exentas (becas educativas regladas, ayudas a víctimas de violencia de género, ayudas humanitarias) no llevan retención.
Pagos a profesionales y autónomos por servicios subvencionables: cuando un beneficiario empresa o autónomo paga a un profesional (asesor, consultor, formador, técnico) que le presta un servicio elegible para la subvención, debe practicar retención de IRPF (habitualmente 15 % para profesionales, 7 % para nuevos profesionales en sus primeros años) e ingresarla en Hacienda. La factura del profesional refleja el importe íntegro y la retención; el pago neto al profesional es el íntegro menos la retención.
Para la justificación de la subvención:
- El gasto subvencionable es el importe íntegro de la factura (no el neto pagado).
- El justificante de pago debe acreditar tanto el pago neto al profesional como el ingreso de la retención en Hacienda.
- En la cuenta justificativa se imputan los gastos íntegros, no los netos.
Errores frecuentes:
- No practicar retención cuando la normativa lo exige: la AEAT detecta la omisión y exige el ingreso con recargo.
- Imputar el importe neto en lugar del íntegro en la justificación: subestima el gasto realmente realizado.
- Confundir la retención con el IVA: son tributos distintos con regulación propia.
- No incluir el modelo 111 (retenciones trabajadores) y 190 (resumen anual) presentado a Hacienda como prueba complementaria del ingreso de la retención.
La retención de IRPF a personas físicas, autónomos y profesionales es una obligación tributaria propia del pagador, independiente de la subvención. Su correcto cumplimiento forma parte de las obligaciones formales que la administración verifica al comprobar la cuenta justificativa.