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Glosario

Incentivos regionales

Definición

Ayudas a la inversión empresarial destinadas a fomentar la actividad económica y la creación de empleo en determinadas zonas del territorio español que presentan menor desarrollo relativo. Se conceden como subvención a fondo perdido sobre proyectos de inversión productiva que cumplan unos requisitos de importe, empleo y viabilidad.

El instrumento se regula en la Ley 50/1985, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales, y en su reglamento de desarrollo. La gestión corresponde al Ministerio de Hacienda, en coordinación con las comunidades autónomas, que tramitan los expedientes en sus respectivos territorios.

Su elemento clave es el mapa de ayudas regionales, aprobado en el marco de la política europea de competencia. Ese mapa delimita las zonas asistidas en las que es posible conceder ayudas a la inversión y fija la intensidad máxima permitida en cada una, expresada como porcentaje del coste subvencionable. Por eso los incentivos regionales solo se aplican en las áreas previamente declaradas como tales.

Pueden beneficiarse empresas de distintos tamaños, aunque la pyme suele disfrutar de intensidades superiores. Los proyectos elegibles son habitualmente la creación de nuevos establecimientos, la ampliación de la capacidad o la diversificación de la producción, con compromisos de inversión mínima y de mantenimiento del empleo y de la actividad durante un periodo.

Estos incentivos conviven y, en ciertos casos, se articulan con los fondos estructurales europeos, en particular el FEDER, orientado también a reducir desequilibrios territoriales. Las cuantías y porcentajes concretos dependen de la zona, del tamaño de la empresa y del periodo del mapa de ayudas vigente, por lo que deben comprobarse en la normativa y en las resoluciones del Ministerio de Hacienda aplicables a cada convocatoria.

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