Orden de bases reguladoras
Definición
La orden de bases reguladoras es la norma, habitualmente una orden ministerial o un decreto autonómico, que aprueba las bases reguladoras de una subvención. Fija el régimen jurídico estable de la ayuda y es el paso previo e imprescindible a la convocatoria que abre cada plazo de solicitud.
Su fundamento está en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El artículo 9 exige, con carácter previo a la concesión, la aprobación de las normas que establezcan las bases reguladoras, y el artículo 17 determina que en la Administración General del Estado revisten la forma de orden del ministro correspondiente. Las bases deben publicarse en el boletín oficial que proceda y contener, entre otros extremos, el objeto, los requisitos de los beneficiarios, los criterios de valoración, la cuantía y el régimen de justificación y reintegro.
Cómo se articula con la convocatoria: la orden de bases define el marco permanente y puede regir durante varios ejercicios; la convocatoria es el acto que, dentro de ese marco, concreta cada año el crédito disponible, los plazos de presentación y los importes de la edición. Por eso una misma orden de bases puede dar lugar a sucesivas convocatorias anuales sin necesidad de aprobar una norma nueva cada vez.
A quién afecta: define las reglas del juego para todos los posibles beneficiarios. Antes de presentar una solicitud conviene leer la orden de bases, porque en ella figuran los requisitos de elegibilidad, las obligaciones, los criterios con los que se valorarán las solicitudes y las causas de reintegro, mientras que la convocatoria solo añade los datos coyunturales de cada edición.
Para el solicitante, lo práctico es localizar siempre las dos normas: la orden de bases vigente y la convocatoria del ejercicio en curso, ambas publicadas en el boletín oficial y reflejadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.