Punto de Atención al Emprendedor (PAE)
Definición
Oficina, física o electrónica, integrada en la red CIRCE que presta servicios de información, asesoramiento y, sobre todo, tramitación telemática para poner en marcha una actividad económica. Permite darse de alta como autónomo o constituir una sociedad sin desplazarse a cada organismo.
La red la coordina la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Industria. Su base es el sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), que conecta de forma electrónica con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, el Registro Mercantil y, en su caso, notarías y administraciones autonómicas y locales.
La herramienta central es el DUE (Documento Único Electrónico), que recoge en un solo formulario los datos necesarios para realizar de una vez todos los trámites de alta. A partir del DUE, CIRCE genera y envía automáticamente las comunicaciones a cada organismo, lo que reduce de forma notable el tiempo de constitución frente a la tramitación presencial separada.
Los PAE pueden ser públicos (cámaras de comercio, ayuntamientos, organismos autonómicos) o privados (gestorías y entidades habilitadas), y atienden tanto al emprendedor individual como a quien va a crear una sociedad de responsabilidad limitada.
Servicios habituales: alta en el censo de empresarios y en el IAE, alta en el RETA o solicitud de CIF, inscripción registral cuando procede y orientación sobre obligaciones iniciales. No conceden ayudas ni subvenciones; su función es facilitar la creación y el arranque de la actividad. Para conocer el PAE más cercano y los trámites concretos disponibles conviene consultar el directorio oficial de la red CIRCE.