Glosario
Recurso de reposición
Definición
Recurso potestativo que cabe interponer cuando la resolución pone fin a la vía administrativa y no procede recurso de alzada. Se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la notificación. La administración tiene un mes para resolverlo; el silencio se entiende desestimatorio y abre el plazo para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Es habitual frente a resoluciones de ayuntamientos y entes locales cuando, por la estructura del organismo, no existe un superior jerárquico al que recurrir. Su carácter potestativo significa que el interesado puede optar entre interponerlo o ir directamente al contencioso-administrativo.