Catálogo de convocatorias en las que comunidad de propietarios aparece como beneficiario potencial según la propia BDNS.
Fuente: BDNS · derivado · consulta
Las comunidades de propietarios son un beneficiario habitual de las ayudas públicas, sobre todo de las dirigidas a rehabilitar el edificio y mejorar su eficiencia energética. Es en el edificio completo donde se concentran las cuantías más altas del catálogo de rehabilitación, porque el ahorro energético agregado es mayor y los programas lo premian. A diferencia del propietario individual, la comunidad necesita un paso previo: el acuerdo en junta.
El bloque principal es la rehabilitación a nivel de edificio del Real Decreto 853/2021, con una ayuda que crece con el ahorro energético acreditado (del 40 % al 80 % del coste según el porcentaje de ahorro). Cubre la mejora de la envolvente, la sustitución de instalaciones térmicas y la integración de renovables.
A esto se suman las ayudas a la accesibilidad (instalación o adaptación de ascensores, eliminación de barreras), las líneas autonómicas y municipales de rehabilitación y conservación, y los programas de autoconsumo colectivo para instalar fotovoltaica compartida en el edificio.
La figura del agente rehabilitador y las oficinas de rehabilitación acompañan a la comunidad en la tramitación, y en algunos casos el agente cobra la ayuda cediéndola a cuenta del coste de la obra.
La comunidad es la beneficiaria y adopta el acuerdo de obra en junta con la mayoría que corresponda. Conviene encargar antes un certificado energético y un proyecto que estime el ahorro, no iniciar la obra antes de solicitar (por el efecto incentivador) y acreditar después el ahorro con el certificado posterior. La guía de ayudas a comunidades de propietarios detalla el proceso.
Entre el 40 % y el 80 % del coste según el ahorro energético acreditado, con límites por vivienda. Son de las cuantías más altas del catálogo de rehabilitación, recogidas en el Real Decreto 853/2021.
La beneficiaria es la comunidad de propietarios, que aprueba la obra en junta. En la ayuda a nivel de edificio cada vecino no solicita por separado, aunque puede haber tramos reforzados para los propietarios vulnerables.
Sí. El acuerdo de junta con la mayoría que corresponda al tipo de obra es un requisito previo, y conviene no iniciar la obra antes de solicitar por el efecto incentivador.
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Distribución de las convocatorias dirigidas a comunidad de propietarios con ámbito autonómico, provincial o local en la BDNS.
| Comunidad | Convocatorias | Abiertas | Último año |
|---|---|---|---|
| Cataluña | 43 | — | 2021 |
| País Vasco | 15 | — | 2021 |
| Madrid | 13 | — | 2021 |
| Andalucía | 7 | — | 2021 |
| Castilla y León | 6 | — | 2020 |
| Castilla-La Mancha | 5 | — | 2021 |
| Asturias | 3 | — | 2019 |
| Canarias | 2 | — | 2021 |
| Murcia | 1 | — | 2021 |
| Valencia | 1 | — | 2016 |
| Baleares | 1 | — | 2017 |
| Aragón | 1 | — | 2021 |
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