Agente rehabilitador
Definición
El agente rehabilitador es la figura técnica y administrativa que acompaña a una comunidad de propietarios o a una persona física en la tramitación de las ayudas a la rehabilitación residencial cofinanciadas por el MRR y por el Plan Estatal de Vivienda. Su existencia está prevista en el Real Decreto 853/2021 y en las normas autonómicas de desarrollo de los programas de rehabilitación.
Sus funciones habituales incluyen:
- Diagnóstico técnico del estado del edificio o vivienda y propuesta de actuaciones de mejora energética, accesibilidad o conservación.
- Redacción del proyecto técnico y de la memoria económica necesarios para la solicitud.
- Tramitación de la solicitud ante la oficina técnica designada por cada comunidad autónoma para la gestión del Plan de Recuperación en vivienda.
- Seguimiento y coordinación de la obra con los profesionales contratados.
- Justificación final de la subvención y entrega de la documentación exigida por la administración (facturas, certificados energéticos antes y después, certificados de instalación).
La figura no es obligatoria en todos los casos, pero es muy recomendable cuando la actuación afecta a edificios completos (comunidades de propietarios), implica salto energético acreditado, o combina varias líneas de ayuda. La complejidad burocrática de la rehabilitación residencial con cofinanciación europea ha consolidado al agente rehabilitador como interlocutor profesional reconocido por las administraciones autonómicas.
En algunas CCAA, el agente debe estar acreditado o inscrito en un registro autonómico para tramitar formalmente. En otras, basta con que ejerza una profesión técnica habilitada (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero industrial). Los honorarios del agente pueden ser, en algunos programas, gastos subvencionables dentro del propio proyecto.