NEOTEC es la convocatoria del CDTI dirigida a empresas innovadoras de nueva creación con base tecnológica. Es el programa estatal más conocido para apoyar la fase temprana de empresas con proyectos empresariales basados en tecnologías propias o licenciadas que tengan ventaja competitiva en el mercado.
Quién puede solicitar:
- Pymes con menos de 3 años de antigüedad desde su constitución (a la fecha de cierre de la convocatoria).
- Que sean empresas innovadoras con un modelo de negocio basado en una tecnología nueva o que aporte mejoras sustanciales sobre las existentes.
- Que cuenten con un plan empresarial viable a 3-5 años.
- Con sede social y fiscal en España.
- No haber recibido NEOTEC previamente.
Cuantía de la ayuda:
- Subvención (no préstamo, no reembolsable salvo incumplimiento).
- Hasta 70 % del presupuesto aprobado.
- Importe máximo de la subvención: 325.000 € en las últimas convocatorias (cuantía revisable cada año).
- Presupuesto subvencionable mínimo: en torno a 100.000 €.
Compatibles con otras ayudas públicas y privadas posteriores: capital semilla, business angels, ENISA, Horizonte Europa EIC.
Conceptos subvencionables:
- Inversiones: maquinaria, equipos de laboratorio, software de I+D, instalaciones específicas para el proyecto.
- Gastos de personal vinculados al desarrollo del producto o servicio.
- Servicios externos especializados: ingeniería, certificaciones, propiedad industrial.
- Materiales y suministros consumidos en el proyecto.
- Algunos gastos generales mediante porcentaje a tanto alzado.
No financiables: gastos comerciales, viajes generalistas, formación no técnica, alquileres ajenos al proyecto.
Criterios de evaluación:
- Carácter innovador y novedad de la tecnología (mínimo 60 % de la puntuación).
- Viabilidad técnica del proyecto y capacidad de ejecución del equipo.
- Plan empresarial: mercado objetivo, modelo de negocio, escalabilidad.
- Equipo promotor: experiencia, complementariedad, dedicación.
- Impacto socioeconómico: empleo previsto, internacionalización, contribución a sectores estratégicos.
Procedimiento:
- Convocatoria anual habitualmente en primer semestre con plazos cortos (1-2 meses).
- Solicitud telemática en la sede del CDTI con memoria técnico-económica, plan empresarial, currículos del equipo, cuentas anuales de la empresa.
- Evaluación por panel de expertos del CDTI.
- Concesión o denegación con motivación.
- Firma del contrato y disposición de los fondos en hitos.
- Justificación anual de gastos y de hitos comprometidos.
Compatibilidades y acumulación:
- Compatible con la deducción por I+D+i sobre los gastos no cubiertos por la subvención.
- Compatible con ENISA y otros instrumentos de financiación blanda posteriores.
- No compatible con otra ayuda pública sobre la misma base subvencionable.
- Sujeta al RGEC artículo 22 (ayudas a empresas innovadoras de nueva creación).
Errores frecuentes:
- Solicitar NEOTEC con una empresa demasiado madura (más de 3 años desde constitución): exclusión automática.
- Presentar un plan empresarial flojo: técnicamente robusto pero sin claridad comercial. El CDTI valora tanto innovación como viabilidad económica.
- Subestimar la dedicación del equipo al proyecto: la evaluación pondera negativamente equipos con dedicación parcial.
- Justificación deficiente al final de la ejecución: causa habitual de reintegros parciales.
- Confundir NEOTEC con otras líneas del CDTI: NEOTEC es subvención pura para fase temprana; el resto de líneas son combinación subvención-préstamo y para empresas más maduras.
NEOTEC es uno de los pocos programas estatales de subvención no reembolsable para startups tecnológicas españolas. Bien planteado, puede aportar los recursos clave para superar el "valle de la muerte" entre el desarrollo tecnológico y la primera tracción comercial.