El SMI es la retribución mínima legal que un trabajador debe percibir por su jornada, con independencia del sector o del tipo de contrato. Lo fija el Gobierno cada año por real decreto, oído el diálogo social. En las subvenciones aparece como umbral de elegibilidad o como referencia para calcular bonificaciones, sobre todo en ayudas a la contratación y al empleo.
Cuantía vigente. Para 2025 el SMI es de 1.184 € al mes en 14 pagas, equivalente a 16.576 € anuales (real decreto que lo fija para el ejercicio). En cómputo de 12 pagas son unos 1.381 € mensuales. La cifra se revisa al alza prácticamente cada año, por lo que conviene comprobar el valor del ejercicio en curso antes de aplicarlo.
Por qué no se confunde con el IPREM. Desde 2004 las ayudas dejaron de referenciarse al SMI y pasaron a usar el IPREM, precisamente para que las subidas del salario mínimo no dispararan el gasto en prestaciones. Por eso, en una convocatoria social el umbral suele expresarse en IPREM; el SMI reaparece sobre todo en el ámbito laboral: bonificaciones a la contratación, ayudas al empleo, cuantías de algunas prestaciones y bases de cotización.
El SMI para 2025 se fijó en 1.184 € al mes en 14 pagas, es decir, 16.576 € anuales. Se actualiza por real decreto del Gobierno y casi siempre sube de un año a otro, así que conviene verificar el importe del ejercicio vigente.
No. El SMI es el sueldo mínimo legal por trabajar; el IPREM es un índice de referencia más bajo que se usa para fijar umbrales de renta en ayudas y becas. Se actualizan por normas distintas y tienen valores diferentes.
Sobre todo en el terreno laboral: como referencia de las bonificaciones a la contratación, en algunas ayudas al empleo y para calcular cuantías y topes ligados al salario. En las ayudas sociales el umbral suele expresarse en IPREM, no en SMI.