La compatibilidad de ayudas es la posibilidad de recibir, para una misma actividad o proyecto, varias ayudas públicas distintas a la vez. Quien la fija son las bases reguladoras de cada convocatoria, que pueden declarar la ayuda compatible con otras, incompatible, o compatible solo hasta un techo conjunto.
La regla más extendida exige que el importe total de todas las ayudas no supere el coste real de la actividad subvencionada. Algunas convocatorias van más allá y prohíben sumar ayudas que recaigan sobre los mismos costes elegibles, aunque procedan de administraciones diferentes. Las bases también suelen exigir que la ayuda solicitada no cubra gastos ya financiados por otra fuente pública.
Compatible no significa acumulable sin más. Aunque dos convocatorias se declaren mutuamente compatibles, hay que respetar siempre el techo de mínimis cuando aplica, fijado en 300.000 euros por empresa única en tres ejercicios fiscales por el Reglamento (UE) 2023/2831, y los límites de intensidad de las ayudas financiadas con fondos europeos. La acumulación de ayudas es el control que verifica que esos topes se cumplen una vez sumadas todas.
El beneficiario tiene el deber de declarar en la solicitud y en la justificación toda ayuda solicitada o concedida por cualquier administración para el mismo proyecto. La Ley 38/2003 y su reglamento, el Real Decreto 887/2006, regulan esta obligación. Omitir o falsear la declaración es causa de reintegro. En proyectos con cofinanciación europea, las reglas del fondo correspondiente añaden restricciones específicas.
Las bases reguladoras de cada convocatoria. Pueden declarar la ayuda compatible, incompatible o compatible hasta un límite conjunto. Hay que leer ambas convocatorias antes de solicitarlas a la vez.
No necesariamente. La regla general impide que la suma de todas las ayudas supere el coste real de la actividad, y hay que respetar el techo de mínimis y los límites de los fondos europeos cuando apliquen.
Sí. El beneficiario debe declarar en la solicitud y en la justificación toda ayuda solicitada o concedida por cualquier administración para el mismo proyecto. No hacerlo es causa de reintegro.
La compatibilidad dice si dos ayudas pueden coexistir. La acumulación suma su valor y comprueba que no se superan los topes legales. Una ayuda compatible puede dejar de poder cobrarse si la acumulación rebasa el límite.