Convocatorias clasificadas con finalidad "movilidad eléctrica" en cualquier nivel administrativo.
«Movilidad eléctrica» agrupa las ayudas públicas dirigidas a sustituir el vehículo de combustión por uno eléctrico o de pila de combustible, a desplegar la infraestructura de recarga necesaria para que esa sustitución sea viable, y a electrificar flotas y transportes profesionales. Es una de las finalidades con calendario más estable y demanda más alta del sistema español: el Plan MOVES en sus distintas versiones se ha convertido en la línea de referencia para particulares, autónomos y empresas, complementada por ayudas autonómicas y programas específicos para transporte público.
El primer bloque, el más usado, es el Plan MOVES, gestionado por el IDAE con tramitación autonómica. Cubre dos programas principales:
El segundo bloque cubre las ayudas autonómicas complementarias a MOVES. Algunas CCAA mantienen líneas propias para electrificación de flotas pequeñas (taxi eléctrico, vehículo comercial ligero, motocicletas urbanas), para puntos de recarga rápida en estaciones de servicio y para usos profesionales específicos (vehículos accesibles, vehículos de reparto urbano).
El tercer bloque es el de la movilidad colectiva eléctrica: ayudas a flotas de transporte público urbano, autobuses eléctricos para municipios, programas para sustitución de flotas de servicios públicos (limpieza, recogida de residuos, mantenimiento), ayudas a flotas de taxi VTC eléctricas.
El cuarto bloque cubre las infraestructuras de recarga de acceso público. Programas específicos del MOVES Singulares para proyectos demostrativos, ayudas para corredores de recarga rápida y ultrarrápida en grandes vías, despliegue en estaciones de servicio, en aparcamientos disuasorios y en centros comerciales.
El quinto bloque, más reciente, son los programas para vehículo eléctrico industrial y pesado: camiones eléctricos, vehículos de obras electrificados, maquinaria de aeropuertos y puertos eléctrica. Las cuantías son altas dado el coste de inversión.
El sexto bloque son las deducciones fiscales y bonificaciones de tasas municipales: deducción del IRPF por adquisición de vehículo eléctrico enchufable, deducción por instalación de punto de recarga, bonificaciones en impuesto de circulación, exenciones en zonas de bajas emisiones.
El Plan MOVES III continúa con su tercera fase y, en algunas líneas, con extensiones acordadas con las CCAA. Es 2026 año clave para apurar dotación antes del cierre del MRR en agosto. La guía MOVES III paso a paso detalla cómo solicitar la ayuda.
Las deducciones del IRPF para adquisición de vehículo eléctrico e instalación de punto de recarga continúan vigentes con condiciones, y se acumulan con MOVES sobre el coste neto. Conviene comprobar la regulación del ejercicio.
Para empresas, las ayudas autonómicas a electrificación de flotas mantienen calendario habitual. Los programas de transporte público eléctrico para ayuntamientos se concentran en convocatorias estatales y autonómicas con cuantías significativas por vehículo.
Las convocatorias para corredores de recarga rápida y para puntos en estaciones de servicio siguen abiertas, con interés creciente de operadores que ven mercado en el despliegue.
La calculadora admite combinar destinatario «particular», «autónomo», «pyme» o «empresa» con la finalidad «energía». Para movilidad eléctrica concreta, el buscador con palabras como «MOVES», «vehículo eléctrico», «punto recarga», «recarga eléctrica», «electrificación flota», «taxi eléctrico», «autobús eléctrico» es la entrada eficiente.
La consejería de transición ecológica o de energía de la CCAA es el canal habitual para MOVES y para programas autonómicos complementarios. Para ayuntamientos y para transporte público, los programas estatales y autonómicos se canalizan vía direcciones generales de transporte o de movilidad.
A nivel local, los ayuntamientos con zonas de bajas emisiones suelen tener ayudas o bonificaciones complementarias para particulares y empresas con vehículo eléctrico empadronado en el municipio.
El primero es comprar el vehículo antes de la fecha autorizada por la convocatoria autonómica. MOVES exige que la operación no sea anterior a la fecha que fije cada CCAA. Comprar antes invalida la ayuda completa.
El segundo es achatarrar mal el vehículo antiguo. La cuantía reforzada con achatarramiento exige baja en Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) y que el vehículo viejo esté a nombre del solicitante con la antigüedad mínima exigida.
El tercero es no comprobar potencia y autonomía mínimas elegibles. Algunos vehículos híbridos enchufables (PHEV) con autonomía corta no cumplen el umbral mínimo de MOVES.
El cuarto es instalar punto de recarga sin proyecto técnico cuando se requiere. En comunidades de propietarios y en instalaciones de potencia significativa, el proyecto técnico visado es obligatorio.
El quinto es mezclar MOVES con ayudas autonómicas equivalentes sin verificar compatibilidad. Algunas CCAA tienen líneas paralelas que son incompatibles sobre la misma operación.
El sexto es no acreditar la titularidad del vehículo o de la instalación a nombre del solicitante. Factura, permiso de circulación y cuenta bancaria deben coincidir.
El séptimo, frecuente entre flotas, es olvidar la inscripción en el registro de empresas con flotas eléctricas cuando alguna comunidad lo exige para el seguimiento del cumplimiento de la cuota mínima.
Depende del modelo, del precio antes de impuestos, del achatarramiento y de la deducción IRPF aplicable, por lo que no hay una cifra única. La rebaja resulta de sumar dos importes que conviene calcular por separado: la cuantía de MOVES que fije la convocatoria autonómica vigente (mayor si hay achatarramiento) y la deducción del IRPF por compra de vehículo eléctrico, que se aplica sobre el coste neto y tiene su propio porcentaje y límite. Mejor calcular ambos con la convocatoria de tu comunidad y la normativa fiscal del ejercicio que partir de una rebaja fija.
No para particulares en la modalidad estándar. La cuantía es la misma para todos los rangos de renta. Algunas líneas autonómicas complementarias sí baremaron por renta en convocatorias específicas.
Sí. Para instalación de puntos de recarga en aparcamiento comunitario, la comunidad de propietarios es beneficiaria habitual mediante acuerdo válido en junta.
Sí. El programa cubre categorías N1, N2 y N3 (furgonetas y camiones ligeros y pesados) con cuantías diferenciadas según masa máxima autorizada y tipo de propulsión.
Sí, en arrendamiento financiero o renting de larga duración con condiciones específicas. La empresa de leasing o la entidad financiadora puede figurar como solicitante o como representante.
Sí. MOVES Flotas y los programas autonómicos paralelos cubren flotas profesionales con cuantías reforzadas. Para electrificar más de 5-10 vehículos suelen ser más eficientes que MOVES estándar.
Sí, en algunos programas locales y autonómicos. No están dentro de MOVES estatal, pero muchas ciudades han creado líneas propias para bicicletas eléctricas particulares y para flotas de mensajería eléctrica.
Más allá de las ayudas a la compra, el catálogo recoge también el impulso a la industria que fabrica el vehículo eléctrico. La convocatoria con código BDNS 772204 (2024), tramitada por la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, financió proyectos para reforzar toda la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del PERTE VEC, en el marco del Plan de Recuperación. Es una convocatoria ya cerrada (dato del catálogo BDNS consultado en mayo de 2026).
Fuente: BDNS · derivado · consulta 2026-05-26