Las entidades del Tercer Sector (asociaciones declaradas de utilidad pública, fundaciones, ONGD, federaciones, cooperativas de iniciativa social) tienen acceso a un menú de financiación pública y privada bonificada particularmente extenso. Esta guía sintetiza las vías más relevantes para 2026.
La asignación tributaria del 0,7 % IRPF
Es la principal fuente estable de financiación pública del Tercer Sector. Los contribuyentes pueden marcar la casilla "Otros Fines de Interés Social" (y/o "Iglesia Católica") en su declaración de IRPF, lo que asigna el 0,7 % de su cuota a esos fines.
El crédito agregado se distribuye anualmente:
- Convocatoria estatal "0,7 % IRPF Otros Fines" gestionada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
- Convocatorias autonómicas equivalentes en aquellas CCAA con financiación territorializada del 0,7 %.
Las cuantías globales superan los 300 millones de euros anuales en el conjunto estatal + autonómico.
Quién puede acceder:
- Entidades del Tercer Sector inscritas y con trayectoria acreditada.
- Con cuentas anuales depositadas y memoria de actividades.
- Con objetivos alineados con las prioridades de cada convocatoria.
Subvenciones estatales sectoriales
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030:
- Convocatorias específicas para infancia, juventud, mayores, familia, discapacidad, inclusión social.
Ministerio de Igualdad:
- Programas para violencia de género, igualdad LGTBI, mujer rural, mujer emprendedora.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
- Convocatorias para integración de personas migrantes y refugiadas.
Ministerio de Sanidad:
- Programas vinculados a adicciones, salud mental, enfermedades crónicas.
AECID (Cooperación Internacional):
- Convocatorias para ONGD acreditadas con proyectos en países en desarrollo.
Subvenciones autonómicas
Cada CCAA mantiene un catálogo extenso:
- Servicios sociales especializados: convenios y conciertos con entidades del Tercer Sector para prestaciones del sistema de servicios sociales autonómico.
- Subvenciones a programas concretos: violencia de género, dependencia, juventud, infancia, mayores.
- Subvenciones a la actividad ordinaria de las entidades inscritas.
El listado completo de convocatorias autonómicas se actualiza periódicamente. Conviene revisar los portales de la consejería de servicios sociales y de igualdad de cada CCAA.
Subvenciones europeas
Las entidades del Tercer Sector son beneficiarias destacadas de los fondos europeos:
- FSE+: programas operativos autonómicos con líneas específicas para inclusión social, integración laboral, lucha contra la pobreza.
- Programa CERV (Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores): financiación de proyectos europeos sobre valores democráticos.
- Erasmus+ Juventud: para asociaciones juveniles.
- Europa Creativa: para entidades culturales del Tercer Sector.
- Horizonte Europa: convocatorias específicas de ciencia ciudadana y proyectos con componente social.
Mecenazgo bonificado
Las entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 pueden recibir donaciones con deducciones muy generosas para los donantes:
- Particulares: 80 % sobre los primeros 250 €; 40 % sobre el resto (45 % con regla de fidelización).
- Empresas: 40 % del importe donado (50 % con regla de fidelización).
Las campañas de captación de socios y de donantes recurrentes son una de las palancas más sostenibles del Tercer Sector consolidado.
Cláusulas sociales en contratación pública
Las entidades del Tercer Sector tienen acceso preferente a cláusulas sociales en contratación pública:
- Reserva de contratos para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y empresas de inserción.
- Reserva del 7 % del importe global de los contratos del sector público para estas entidades.
- Puntuación favorable en licitaciones por carácter social.
Hoja de ruta operativa
- Inscripción en el registro autonómico de entidades.
- Acogerse al régimen fiscal especial (Ley 49/2002) si se cumplen los requisitos.
- Mantener cuentas anuales depositadas y memoria de actividades actualizada.
- Suscribir alertas de las convocatorias del 0,7 %, autonómicas y europeas.
- Diseñar el plan anual de captación combinando subvenciones públicas + cuotas de socios + donaciones bonificadas + ingresos por servicios prestados (concertación).
- Profesionalizar la gestión administrativa: la mayoría de entidades pequeñas pierden ayudas por falta de capacidad técnica más que por falta de mérito.
Errores frecuentes
- No mantener al día las obligaciones registrales y contables: causa habitual de inadmisión.
- Solicitar el 0,7 % sin trayectoria acreditada: la competencia es intensa y se prioriza entidades con experiencia.
- No emitir certificados de donación (modelo 182): los donantes no aplican las deducciones de la Ley 49/2002.
- Solapar fuentes sin verificar los regímenes de acumulación: muchas convocatorias prohíben doble financiación sobre el mismo concepto subvencionable.
El Tercer Sector español es uno de los más activos de Europa en captación de fondos públicos y en gestión de programas sociales en concertación con las administraciones. Su sostenibilidad depende cada vez más de la profesionalización administrativa: capacidad para gestionar convocatorias complejas, justificar correctamente y combinar fuentes diversas en planes plurianuales sostenibles.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el 0,7 % del IRPF y cómo accede mi entidad?
Es la asignación tributaria que marcan los contribuyentes en la casilla de fines sociales. El crédito agregado se reparte por convocatoria estatal del Ministerio de Derechos Sociales y por convocatorias autonómicas equivalentes. Es la principal fuente estable del Tercer Sector, con más de 300 millones anuales en el conjunto estatal y autonómico.
¿Qué requisitos básicos pide casi cualquier convocatoria a una ONG?
Estar inscrita en el registro correspondiente, tener cuentas anuales depositadas y memoria de actividades, y acreditar trayectoria. La falta de obligaciones registrales y contables al día es causa habitual de inadmisión.
¿Cómo aprovecho el mecenazgo privado?
Acogiéndote al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 y emitiendo certificados de donación (modelo 182). Solo así los donantes aplican las deducciones (80 % sobre los primeros 250 € para particulares).
¿Las entidades del Tercer Sector tienen ventaja en contratación pública?
Sí: acceso a cláusulas sociales, reserva de contratos para centros especiales de empleo y empresas de inserción, y reserva del 7 % del importe global de los contratos del sector público.
¿Puedo combinar varias fuentes de financiación?
Sí, es lo recomendable (subvenciones públicas, cuotas de socios, donaciones bonificadas e ingresos por servicios), siempre sin doble financiación sobre el mismo concepto subvencionable.
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