Convocatorias clasificadas con finalidad "kit digital" en cualquier nivel administrativo.
Kit Digital es el programa de digitalización con más beneficiarios de la historia reciente del sistema español de subvenciones. Cofinanciado por Next Generation EU y gestionado por Red.es, distribuye bonos digitales por importe fijo según el segmento de empresa para implantar soluciones tecnológicas predefinidas. El programa se ha ido ampliando desde su lanzamiento inicial en 2022 y, en 2026, está en su tramo final de ejecución antes del cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Conviene entender su lógica porque sirve además como modelo para programas autonómicos equivalentes.
El catálogo de soluciones se ha ido ampliando con cada convocatoria. Las categorías principales vigentes incluyen sitio web y presencia básica en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes (CRM), business intelligence y analítica, gestión de procesos (ERP), factura electrónica, servicios de oficina virtual, comunicaciones seguras, ciberseguridad, presencia avanzada en internet, marketplace, gestión de clientes con inteligencia artificial, puesto de trabajo seguro y presencia en redes sociales avanzada.
El importe del bono depende del segmento al que pertenece la empresa según su número medio de empleados: 2.000 € para autónomos y empresas de menos de 3 trabajadores, 6.000 € de 3 a menos de 10, 12.000 € de 10 a menos de 50, y 25.000 € y 29.000 € en los segmentos de empresas medianas (de 50 a menos de 100 y de 100 a menos de 250). Cada empresa puede consumir el bono combinando varias soluciones del catálogo hasta agotar el importe asignado.
El modelo de funcionamiento es indirecto: la empresa solicita el bono y lo «canjea» contra agentes digitalizadores adheridos al programa. El agente implanta la solución y cobra directamente a Red.es la parte subvencionada. La empresa beneficiaria firma un acuerdo de prestación con el agente y mantiene la solución durante el periodo mínimo exigido (habitualmente doce meses para servicios y un periodo distinto para licencias).
Los segmentos cubiertos abarcan microempresas con menos de tres trabajadores, microempresas y pequeñas empresas entre tres y diez, pequeñas y medianas entre diez y cincuenta, y mediana empresa entre cincuenta y doscientos cincuenta. En convocatorias específicas se han incluido también las comunidades de bienes y agrupaciones de autónomos con actividad económica.
Las personas en situación de autoempleo sin trabajadores son beneficiarias directas con el segmento más básico. Las asociaciones sin ánimo de lucro quedan generalmente fuera de Kit Digital y deben buscar alternativas en líneas autonómicas de digitalización del tercer sector.
Las grandes empresas (más de doscientos cincuenta empleados) no entran en Kit Digital, pero sí tienen acceso a líneas avanzadas de digitalización dentro de los PERTE y de convocatorias estatales y autonómicas específicas.
La solicitud se presenta a través de la sede electrónica de Red.es con certificado digital o representante autorizado. El procedimiento es bastante rápido y se resuelve en pocas semanas en la mayoría de casos.
Una vez concedido el bono, la empresa elige el agente o agentes digitalizadores adheridos y firma con cada uno el acuerdo de prestación de soluciones. El agente implanta y cobra directamente a Red.es; la empresa beneficiaria no maneja dinero en efectivo de la subvención.
La guía paso a paso de Kit Digital cubre el proceso completo: requisitos previos, solicitud, elección de agente, acuerdo de prestación, implantación, mantenimiento y obligaciones posteriores.
El primero es elegir mal el agente digitalizador. Cambiar de agente tras firmar el acuerdo es complejo y a menudo invalida el bono o la parte asignada a esa solución. Conviene comparar agentes, revisar la calidad técnica y firmar con uno que pueda implantar todas las soluciones previstas.
El segundo es consumir el bono parcialmente. Muchos autónomos implantan solo una solución (típicamente web o comercio electrónico) y dejan el resto del bono sin usar. El programa permite combinar varias soluciones hasta agotar el importe del segmento.
El tercero es firmar la solución antes de la concesión. Las soluciones implantadas antes de la concesión formal no son subvencionables. Conviene esperar a la resolución antes de iniciar trabajos.
El cuarto es no acreditar correctamente el mantenimiento de la solución. La empresa debe mantener la solución activa durante el periodo mínimo exigido. URL del comercio electrónico operativa, factura del servicio cloud, perfiles de redes sociales con actividad real. Sin acreditación, la solución no se considera prestada.
El quinto es no documentar la titularidad de los nombres de dominio y de los servicios. Las soluciones contratadas (dominio web, cuenta cloud, perfil de marketplace) deben estar a nombre de la empresa beneficiaria, no del agente digitalizador. Esa titularidad es requisito.
Hasta el límite del bono asignado al segmento. Si la solución elegida cuesta más que el bono restante, la empresa paga la diferencia. Si cuesta menos, se aplica solo el coste real y queda saldo del bono.
Sí en algunos casos. Cuando una empresa crece de segmento (más empleados, más facturación) puede acceder a un nuevo bono del segmento superior, descontando el ya cobrado. Las bases concretas de cada convocatoria precisan los matices.
No. Tienen que mantenerse el periodo mínimo exigido por las bases (habitualmente doce meses para servicios y otro periodo para licencias). Tras ese plazo, la empresa puede continuar el servicio, cambiar de proveedor o discontinuar.
Red.es paga directamente al agente la parte subvencionada. La empresa beneficiaria paga al agente solo lo que exceda del bono, si la solución es más cara. El flujo de dinero no pasa por la cuenta de la empresa.
Depende de cada convocatoria autonómica. Algunas son explícitamente compatibles, otras cubren conceptos complementarios y otras son incompatibles para el mismo concepto. Las bases lo aclaran caso a caso.
La marca probablemente sobrevivirá al cierre del MRR, pero con cambios. Sin la cofinanciación europea, el modelo deberá ajustarse en presupuesto y cobertura. Conviene aprovechar los segmentos pendientes mientras siguen abiertos.
La convocatoria con código BDNS 801180 (2024) refleja bien cómo se desplegó el programa por tramos de tamaño. Convocada por la Entidad Pública Empresarial Red.es, abrió ayudas para digitalizar empresas de los segmentos IV y V, es decir, las de entre 50 y menos de 250 trabajadores, el último escalón en incorporarse al Kit Digital. Es una convocatoria ya cerrada (dato del catálogo BDNS consultado en mayo de 2026).
Fuente: BDNS · derivado · consulta 2026-05-26