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Glosario

Subvención a fondo perdido

Definición

«A fondo perdido» es la expresión coloquial para referirse a la subvención no reembolsable: dinero público que la administración entrega al beneficiario sin obligación de devolución, siempre que se cumpla la finalidad de la ayuda y se justifique correctamente. Es el modelo clásico de subvención en España.

Se opone a otros instrumentos de financiación pública que sí exigen devolución:

  • El préstamo bonificado debe devolverse con condiciones más favorables que el mercado (tipo de interés reducido, carencia, plazo ampliado).
  • La subvención reembolsable se entrega anticipada pero debe reembolsarse total o parcialmente al cabo de un periodo o tras el cumplimiento de hitos.
  • El aval no es financiación: es una garantía pública que cubre el riesgo de impago de un crédito concedido por una entidad privada.

El término «a fondo perdido» es habitual en información para usuarios finales pero no figura como categoría jurídica en la Ley General de Subvenciones, donde el régimen aplicable se identifica por las bases reguladoras de cada convocatoria.

Aunque no haya devolución, una subvención a fondo perdido sigue generando obligaciones de justificación y de mantenimiento del objeto subvencionado durante un periodo mínimo. El incumplimiento abre procedimiento de reintegro: la subvención «perdida» puede convertirse en deuda con intereses.

Ver también