Convocatorias clasificadas con finalidad "empleo" en cualquier nivel administrativo.
Empleo es probablemente la finalidad con mayor número de convocatorias del catálogo español. El motivo es estructural: la política activa de empleo está casi enteramente transferida a las comunidades autónomas y cada una mantiene decenas de líneas anuales. A ese flujo se suman programas estatales del SEPE y del Ministerio de Trabajo, programas cofinanciados por el FSE+ y líneas locales de empleo público temporal. Para una pyme, una asociación o un autoempleado, dedicar tiempo a entender la lógica del sistema es probablemente la inversión con mejor retorno en el menú de subvenciones.
El primer bloque es el de fomento de la contratación. Bonificaciones a la Seguridad Social por contratación indefinida de colectivos prioritarios (jóvenes sin empleo ni formación, parados de larga duración, mayores de 45, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad, refugiados) y subvenciones autonómicas a empresas que contratan a esos mismos colectivos. La bonificación va por la cuota; la subvención llega como ayuda directa con criterios de mantenimiento del empleo.
El segundo bloque cubre el autoempleo y emprendimiento: ayudas al alta como autónomo, capitalización de la prestación por desempleo, programas de consolidación durante los primeros años, bonificaciones reforzadas para colectivos prioritarios, programas para mujeres emprendedoras y para emprendimiento rural.
El tercer bloque es el de formación para el empleo: planes formativos sectoriales y transversales para desempleados y trabajadores, certificados de profesionalidad, formación dual, programas de recualificación para sectores en transformación. Gestiona FUNDAE para la formación de demanda y las CCAA para los planes de oferta.
El cuarto bloque cubre el empleo público temporal y los programas mixtos: planes municipales y autonómicos de empleo, escuelas-taller, talleres de empleo, programas de garantía juvenil, programas mixtos de formación y empleo. Combinan inserción con cualificación.
El quinto bloque cubre la inserción de colectivos con dificultades especiales: Centros Especiales de Empleo (CEE) para personas con discapacidad, empresas de inserción para personas en exclusión, programas de empleo con apoyo. Tienen líneas específicas y cofinanciación estable.
El sexto bloque, transversal, cubre las ayudas a la igualdad en el empleo: planes de igualdad bonificados, programas para incorporar mujeres a sectores masculinizados, programas de conciliación, certificaciones de empresa familiarmente responsable.
Las bonificaciones a la contratación indefinida para colectivos prioritarios siguen vigentes con calendario estable. Las subvenciones autonómicas a empresas que contratan a esos colectivos varían por CCAA y suelen publicarse en el primer y tercer trimestre.
Los programas de Garantía Juvenil europea continúan activos para menores de 30 sin empleo ni formación, con cofinanciación FSE+. Los planes autonómicos de empleo público temporal (refuerzo de servicios sociales, atención a mayores, limpieza de zonas naturales) mantienen su calendario habitual.
Las escuelas-taller y talleres de empleo siguen activos en la mayoría de CCAA. Los programas de recualificación digital han ganado peso, financiados parcialmente por el MRR, para reconvertir perfiles tradicionales hacia ocupaciones tecnológicas en alta demanda.
Las ayudas a Centros Especiales de Empleo mantienen su volumen, gestionadas por las CCAA con cofinanciación estatal. Las ayudas al autoempleo para personas desempleadas continúan en casi todas las comunidades.
La calculadora admite combinar la finalidad «empleo» con tu CCAA y con el perfil (empresa, autónomo, persona desempleada, asociación). Devuelve las convocatorias compatibles abiertas.
En el buscador, las palabras útiles son «contratación», «fomento empleo», «autoempleo», «garantía juvenil», «escuela taller», «taller empleo», «inserción», «discapacidad», «emprendimiento», «recualificación». El portal del servicio autonómico de empleo es la fuente más completa para programas autonómicos vigentes y previstos.
Para empresas, una recomendación práctica: la gestoría laboral o asesoría que lleva las nóminas suele saber qué bonificaciones aplican a cada contrato. Para autoempleo, el punto de entrada habitual es el servicio público de empleo de la comunidad o, en algunas CCAA, ventanillas únicas empresariales.
El primero es bonificar mal la contratación. Las bonificaciones por colectivo no son automáticas: requieren acreditación del colectivo (certificado de servicio de empleo, certificado de discapacidad, sentencia o medida de protección en violencia de género). Sin acreditación previa, la bonificación no se aplica.
El segundo es no respetar el periodo de mantenimiento del empleo. Las subvenciones a la contratación exigen mantener al trabajador durante un periodo mínimo (habitualmente entre 6 meses y 3 años). Despidos o bajas voluntarias dentro del periodo pueden generar reintegro proporcional.
El tercero es mezclar bonificación y subvención sobre el mismo contrato sin revisar compatibilidad. Algunas son compatibles, otras no. Las bases lo aclaran.
El cuarto es olvidar la documentación de la formación. Los programas formativos para desempleados exigen control de asistencia, evaluaciones, certificaciones. La falta de documentación impide la justificación.
El quinto es descartar las ayudas al autoempleo por no estar inscrito como demandante. La inscripción es requisito habitual y se puede formalizar antes del alta como autónomo. Sin inscripción previa, no se accede a la mayoría de programas.
Funcionalmente sí, en cuanto reduce el coste para el empleador. Jurídicamente es una bonificación de cuota, regulada por normativa laboral específica. No se publica como convocatoria en BDNS y no requiere solicitud por concurrencia competitiva.
A menudo sí, salvo incompatibilidad expresa. Es una combinación frecuente: bonificación de cuota para el empleador más subvención directa autonómica por cumplir requisitos adicionales.
Sí, en la mayoría de programas. La capitalización de la prestación por desempleo, las ayudas autonómicas al alta como autónomo y las bonificaciones reforzadas son las herramientas habituales. Ver perfil persona desempleada.
Son programas mixtos. Combinan formación profesional con contrato laboral para los participantes durante un periodo determinado (habitualmente seis a doce meses). Al finalizar, los alumnos obtienen certificación profesional y experiencia laboral.
Sí, en muchos programas. Las asociaciones que prestan servicios sociales y los ayuntamientos pueden acceder a programas de empleo público temporal y a ayudas para contratar a colectivos prioritarios.
Sí, dentro de los programas de cohesión territorial y de los planes autonómicos de empleo industrial. Suelen vincularse a inversiones empresariales y mantienen criterios estrictos de mantenimiento.
Una referencia concreta de esta finalidad es la convocatoria con código BDNS 897331 (2026), aprobada por la Dirección General de Empleo. Regula las subvenciones para poner en marcha el Programa de Apoyo Activo al Empleo y moviliza 69.767.000 €. Aparece como convocatoria ya cerrada y puede consultarse en esta convocatoria del Programa de Apoyo Activo al Empleo (dato del catálogo BDNS consultado en mayo de 2026).
Fuente: BDNS · derivado · consulta 2026-05-26