Catálogo de convocatorias en las que persona con discapacidad aparece como beneficiario potencial según la propia BDNS.
Las personas con discapacidad reconocida (33 % o más, según el certificado emitido por la administración autonómica) tienen acceso a uno de los catálogos más densos y mejor estructurados del sistema español de ayudas. Combina líneas estatales, autonómicas y locales con programas gestionados por las entidades del tercer sector vinculadas al colectivo. Una parte importante son ayudas directas, otra son bonificaciones a la contratación y beneficios fiscales con efecto equivalente.
El primer bloque es el de empleo. Incluye bonificaciones a la contratación indefinida, subvenciones a la adaptación del puesto de trabajo, subvenciones a Centros Especiales de Empleo (CEE), enclaves laborales, programas de empleo con apoyo y ayudas a la inserción laboral de personas con discapacidad severa. Una parte sustancial se canaliza por el SEPE y los servicios autonómicos de empleo, con cofinanciación europea.
El segundo bloque cubre la adaptación del entorno: ayudas a la adaptación funcional de la vivienda, supresión de barreras arquitectónicas, ayudas para el vehículo (adaptación, compra de vehículo accesible, ayudas al carné de conducir adaptado) y ayudas a productos de apoyo (sillas de ruedas, audífonos, ayudas técnicas para la comunicación).
El tercer bloque es el de tecnología accesible: ayudas para la adquisición de tecnología de apoyo a la comunicación, lectores de pantalla, software adaptado, sistemas de comunicación aumentativa. Buena parte se gestiona vía CEAPAT (Centro de Referencia Estatal) y vía entidades sectoriales.
El cuarto bloque cubre la formación: becas específicas del Ministerio para estudios postobligatorios, programas formativos adaptados gestionados por las CCAA, cursos en colaboración con entidades del tercer sector, programas de cualificación para la inserción laboral.
El quinto bloque es el de dependencia y autonomía personal, cuando el grado de discapacidad lleva asociada situación de dependencia reconocida: prestaciones por dependencia, ayudas para asistencia personal, financiación de programas de vida independiente. Ver también el perfil de mayor para la parte gestionada por la Ley 39/2006.
El sexto bloque, transversal, son las subvenciones a las asociaciones que trabajan con el colectivo: financiación de programas de respiro familiar, transporte adaptado, ocio inclusivo y otros servicios que la administración no presta directamente.
Las subvenciones a Centros Especiales de Empleo mantienen su volumen estable, gestionadas por las CCAA con cofinanciación estatal. Cubren parte del coste salarial del personal con discapacidad y, en algunas líneas, las inversiones en accesibilidad de las instalaciones.
Las ayudas para la adaptación de la vivienda vinculadas al plan de rehabilitación residencial mantienen líneas específicas con criterios de accesibilidad. La cofinanciación del MRR ha permitido elevar los importes máximos por hogar.
El programa de promoción de la autonomía personal del IMSERSO y los equivalentes autonómicos continúan con sus convocatorias anuales. Las ayudas para productos de apoyo se publican habitualmente en el primer trimestre del año en la mayoría de CCAA.
En empleo, las bonificaciones a la contratación indefinida de personas con discapacidad continúan vigentes, con cuantías reforzadas para discapacidad severa o casos de discapacidad intelectual. El empleo con apoyo se mantiene como modalidad financiada en convocatorias autonómicas anuales.
La calculadora admite el destinatario «persona con discapacidad» combinado con tu CCAA. Devuelve las convocatorias compatibles abiertas. El buscador permite filtrar por palabras como «discapacidad», «accesibilidad», «productos apoyo», «adaptación vivienda», «empleo con apoyo», «CEE».
Un canal especialmente útil son las entidades del tercer sector vinculadas al colectivo: ONCE para discapacidad visual, FIAPAS para auditiva, COCEMFE para discapacidad física orgánica, Plena Inclusión para discapacidad intelectual, FEAPS, ASPACE, ASPAYM, Down España. Muchas actúan como gestoras de programas o facilitan el trámite a sus asociados, además de informar sobre convocatorias específicas.
Para servicios y ayudas locales (transporte adaptado, ocio inclusivo, ayudas municipales) el canal es el ayuntamiento o el centro de servicios sociales del distrito.
El primero es no tener el certificado de grado de discapacidad actualizado. Algunos certificados tienen validez por tiempo limitado y deben renovarse. Sin certificado vigente no se reconoce el derecho a las ayudas específicas.
El segundo es mezclar ayudas estatales con autonómicas sobre el mismo concepto sin revisar compatibilidad. Las ayudas a productos de apoyo, por ejemplo, suelen ser incompatibles entre administraciones para el mismo producto.
El tercero es no documentar bien la situación funcional. Algunas ayudas requieren informes médicos, funcionales o sociales actualizados, no solo el certificado de grado. Preparar la documentación con tiempo evita prórrogas y subsanaciones.
El cuarto es dejar pasar las ayudas a la adaptación del puesto de trabajo. Cuando una persona con discapacidad se incorpora a un empleo, la empresa puede solicitar ayuda para adaptar el puesto. Es una ayuda poco solicitada que mejora la inserción y suele estar infraejecutada presupuestariamente.
El quinto es no aprovechar las bonificaciones fiscales y de cuota. Aunque no son subvenciones publicadas en la BDNS, las bonificaciones a la Seguridad Social y los beneficios fiscales en IRPF para contribuyentes con discapacidad y sus familias tienen efecto económico relevante y a menudo se aplican mal.
El umbral general es el 33 %. Algunas ayudas reforzadas exigen 65 % o más, o discapacidad severa con baremo de ayuda de tercera persona. La gran movilidad reducida (con baremo específico) abre acceso a programas adicionales.
La mayoría de ayudas a productos de apoyo, adaptación de vivienda y adaptación de vehículo están exentas. Otras tributan como ganancia patrimonial. La normativa de IRPF tiene además mínimos personales y por descendiente reforzados cuando hay discapacidad reconocida.
Sí, y a menudo con condiciones reforzadas: tarifa plana del RETA con bonificación adicional, ayudas autonómicas al autoempleo de personas con discapacidad y acceso a líneas de financiación de ONCE u otras entidades del sector.
No siempre. Hay líneas para vivienda en alquiler con autorización del propietario. En comunidades de vecinos para supresión de barreras, la ayuda la solicita la comunidad, no el propietario individual.
No de forma generalizada, salvo en pensiones contributivas vinculadas a la incapacidad permanente derivada de accidente o enfermedad. Para acceder a las ayudas dirigidas a discapacidad se requiere el certificado del 33 % o superior, con independencia del origen.
Depende de cada programa. Muchas ayudas se solicitan directamente a la administración. Las entidades suelen ofrecer asesoramiento, gestionar programas específicos y facilitar la documentación a sus asociados, pero no son el único canal.
Para ilustrar el bloque de empleo, el catálogo BDNS recoge la convocatoria con código BDNS 741343 (2024), de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de La Rioja, destinada a financiar parte de los costes salariales de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo. La ficha no detalla importe y figura como convocatoria ya cerrada. Tienes la información en esta convocatoria (dato del catálogo BDNS consultado en mayo de 2026).
Fuente: BDNS · derivado · consulta 2026-05-26